La regulación del tiempo de trabajo en el sector del transporte por carretera viene regulada en normativas especiales nacionales y comunitarias, lo que genera cierta confusión. El presente informe pretende extraer los aspectos más relevantes de dicha normativa, adjuntando al final la normativa de referencia. Se ha de tomar en todo momento en consideración que tanto la normativa comunitaria como la estatal es de mínimos, por lo tanto se ha de aplicar siempre la norma legal o convencional que sea más favorable al derecho al descanso de los trabajadores afectados, en aras también de la protección de la seguridad vial.