La Negociación Colectiva, es un instrumento de reparto de poder. Dicho de otra forma, el sindicato debe asumir una posición de contrapoder respecto al empresariado, bien privado, bien público.Una mirada rápida de la Negociación Colectiva, ahora que se ha reformado, debe comprender desde el año 80 (Estatuto de los Trabajadores) hasta los tiempos de la flexibilidad y la competitividad, siglo XXI, y, almenos, tenemos que ver de forma crítica, si el “poder obrero” ha aumentado o por el contrario, sus reivindicaciones, medidas en términos de intereses: rentas salariales, tiempo de trabajo, mayor o menores cuotas de igualdad, destierro de discriminaciones,cualificaciones, salud…, han ido decreciendo y disminuyendo.


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