STSJ Cataluña 14 de febrero 2020 (rec. 5698/2019): corrigiendo la calificación de nulidad declarada en la instancia (SJS/31 Barcelona 2 de julio 2019), entiende que el ejercicio del desistimiento durante el período de prueba declarado ilícito, tras sufrir el trabajador un accidente de trabajo y en el que el parte de baja se indica que padece una lesión o proceso «leve» pero previsiblemente «larga», debe ser calificado como improcedente (casi un año más tarde se reconoce al actor un grado de discapacidad del 15%).